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ES:Venezuela/Mapeo/de Caminos/Autopista

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Autopistas
 highway=motorway

Son aquellas vialidades que cumplan con todas las siguientes características:

  • Ser una vialidad creada para las altas velocidades de tránsito.
  • Estar compuesta por 2 calzadas separadas entre sí por un muro, barrera o una amplia "isla".
  • Tener al menos 2 canales de circulación en ambas calzadas.
  • Estar directamente conectada a otras arterias viales nacionales.
  • No tener rampas de retorno por el carril izquierdo.
  • No tener cruces, ni semáforos, ni redomas en todo su recorrido.
  • Solo se debe acceder a ella a través de "distribuidores viales" bien definidos, que permitan reducir la velocidad fuera de la calzada principal.
    • No debe haber calles, carreteras ni caminos que se empalmen directamente a la autopista, sin una debida rampa.
    • No debe haber casas ni propiedades junto a la autopista.
Las etiquetas usuales que lleva una autopista son:
  • highway=motorway: La etiqueta básica.
  • oneway=*: Si el tráfico corre en una sola dirección. Obligatoriamente debe ser yes.
  • lanes=*: La cantidad de canales que lleva cada calzada, usualmente es 2.
  • maxspeed=*: La velocidad máxima de tránsito, que por ley es 90.
  • surface=*: El tipo de superficie de la calzada, que usualmente es asphalt.

Etiquetas más avanzadas:

  • shoulder=*: Si el tramo tiene el hombrillo, ese espacio a la derecha de la calzada donde un carro puede detenerse sin interrumpir los canales de tránsito. yes si es afirmativo, o no si no lo tiene.
  • destination=*: Para indicar el nombre de una localidad importante a dónde dirije esa calzada de la autopista.

Su velocidad máxima de tránsito es de 90 kilómetros por hora por el canal izquierdo, y 70 kilómetros por hora por el canal derecho, según el artículo 254 de la Ley de Tránsito Terrestre de 1999.


Autopistas que perdieron su clasificación

El caso de las autopistas en Venezuela es bastante particular porque la mayoría de nuestras "autopistas" aunque fueron pensadas y construidas para cumplirlas, en la actualidad han perdido algunas de esas características anteriormente listadas, por lo que ya no se pueden etiquetar como highway=motorway.

El artículo 231 de la Ley de Tránsito Terrestre de 1998 define como vías expresas a aquellas vialidades que no llegan a reunir todas las características de una autopista siendo el caso de:


Avenidas que califican

Hay vialidades que aunque no se han de considerar "autopistas" en toda la regla, cumplen con todas las características para ser etiquetadas como una highway=motorway, en las que se enlistan:


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